No es política partidista como dice el Ministro de Educación, fue legal y porque así lo reconoció el Ministerio del Trabajo, justa, legítima y procedente, porque no sólo se esperaron las 120 horas que establece la Ley, después de haberse convertido el Pliego Conciliatorio, introducido el 25-10-2000, en Pliego Conflictivo, sino que el lapso que transcurrió fue de ciento ochenta días, y después de una amplia consulta con los educadores. El elemento político partidista lo introdujo Héctor Navarro al reunirse en su despacho con la fracción de educadores del gobierno y con los jefes de Zona donde firmó un acuerdo para pretender sustituir a los representantes del Magisterio, a través de un pacto con sindicaleros traidores y gobierneros.
La providencia dictada por la Ministra del Trabajo, en la cual determinó como servicios mínimos indispensables: “a la Educación Especial (a niños con discapacidad física y motora), la Educación Pre-Escolar y las evaluaciones mediante los exámenes de lapsos y finales”, la respetamos. “El patrono, (las autoridades educativas) “no podrán ejercer prácticas tendentes a impedir el libre ejercicio del derecho a huelga” , ya que ese derecho constitucional debe ser ejercido a plenitud, según lo establece la misma providencia de la Ministra del Trabajo.
La consulta ha sido la constante práctica de la democracia sindical participativa y la realizamos de nuevo a partir del Lunes 14-05-2001 y la decisión, de levantar la huelga fue producto de la opinión mayoritaria del colectivo docente.
DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
Peticiones de las FederacionesAnte las violaciones e incumplimientos del Contrato y del Pliego |
Respuesta del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
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Respuesta de las Federaciones
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1. Jubilaciones
Prestaciones Sociales |
a. Solicitud de recursos para igualación y nuevas jubilaciones, se anexa oficio N° 808 de fecha 02-04-2001.
b. 3.200 expedientes por tramitar.
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a. Hay más de 17.000 solicitudes sin respuesta.
b. Compromiso a pagar desde el año 1996, en el lapso Enero – Marzo 2001. No se cumplió. |
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Asignación de Jubilados y Pensionados: |
Este pago se realiza en las fechas indicadas. |
Exigimos el pago con regularidad y a tiempo.
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Nivelación de la remuneración de los jubilados con los activos:
Nuevas jubilaciones. |
Se firmó un Acta Convenio el 26-03-2001 de cumplimiento voluntario de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de fecha 07-10-99 que será homologada en el expediente N° 13941.
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No se firmó con la representación magisterial. Exigimos cronograma de pago de inmediato, con efecto retroactivo desde el 01-05-2000.
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2. Pensión de Sobreviviente: |
Se está pagando de acuerdo a los porcentajes señalados en la cláusula N° 10. En el mes de Abril 2001, se incorporaron 300 pensiones. |
No se han nivelado a los nuevos porcentajes y exigimos el listado de las pagadas y de las miles que no han sido niveladas.
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3. Pólizas de Hospitalización, Cirugía y Maternidad y de Vida y Accidentes Personales:
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Se contrató la Póliza de HCM con la empresa de Seguros Ban Valor, por la cobertura de dos millones quinientos mil bolívares (Bs. 2.500.000,00); y la Póliza de Vida y Accidentes Personales contratada con la Empresa Seguros La Previsora. |
Se violó el acuerdo del acta del 09-11-2000 de mantener las POLIZAS DE H.C.M. y de Vida y Accidentes Personales con UNIVERSITAS DE SEGUROS y evaluar en el mes de Febrero 2001 el cumplimiento de las obligaciones. El 28-12-2000, arbitraria y unilateralmente, sin la evaluación acordada, el M.E.C.D. contrató la Póliza de H.C.M. con Ban Valor, y la Póliza de Vida y Accidentes Personales con La Previsora. No hubo ninguna licitación y en la forma y momento como y cuando se realizó la negociación evidenció intereses ocultos, comprobados después con una carta de recomendación, promoción y protección a la empresa Ban Valor, dirigida a los Jefes de las Zonas Educativas por el Coronel Alvaro Carrasco, Director de Administración del M.E.C.D. Exigimos que el M.E.C.D., acepte la propuesta de la comisión de la Asamblea Nacional y representantes del magisterio, de convocar a una LICITACIÓN PÚBLICA a sobre cerrado.
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4. Interconvenio y Aporte para Ahorros y Asistencia Médica – Odontológica – IPAS – ME: |
Este aporte incluyendo deuda 2000 y actualización 2001, será cancelada al Instituto cuando le sea aprobado su presupuesto ordinario. |
Ni la deuda, del aumentó en un 25%; ni el aporte del 6% para los ahorros de cada educador, ni el aporte del 6% para la Asistencia Médica se han pagado. Exigimos su inmediato pago, desde el 01-01-2000.
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4.1. Representación Gremial ante el IPAS-ME:
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La administración del IPAS-ME, se normalizará una vez modificado el Estatuto Orgánico previa aprobación de la Ley de Seguridad Social, actos que corresponden por su competencia a la Asamblea Nacional. |
El Estatuto Orgánico del IPAS-ME, Ley de la República se está violando, a pesar de que el Ministro firmó un acta, en la cual se comprometió a cumplirlo.
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5. Sistema de Remuneraciones: Nivelación Salarial:
· SISTEMA DE REMUNERACIONES: CLÁUSULA N° 6
· NIVELACIÓN SALARIAL.
· INCREMENTO SALARIAL. DIFERENCIAL.
· BONOS. |
NIVELACIÓN SALARIAL: Fue alcanzada con el aumento salarial del 56% otorgada con la firma de la III Convención Colectiva (01-05-2000).
INCREMENTO DIFERENCIAL: Se otorga un incremento diferencial de la siguiente manera: Maestro Normalista y Bachiller Docente 6%, Técnicos Superiores en Educación 5% y Profesores y Licenciados el 4% del sueldo base vigente a partir del 01-10-2000.
BONO VACACIONAL: Bono equivalente a 40 días de sueldo base mensual.
BONO DE FIN DE AÑO: 90 días de sueldo base mensual y ninguna oferta.
BONO RECREACIONAL PARA LOS JUBILADOS: Ninguna oferta.
NOTA: El Viernes 11-05-2001, el M.E.C.D. aceptó días de salario y no de sueldo, tanto en el Bono Vacacional como en el de Fin de Año y que revisarán el Bono Vacacional para respetar el derecho a mayor beneficio por la antigüedad en el servicio. |
Los Profesionales al servicio del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, tienen sueldo de ingreso, Bs. 541.210,00 mensual y los profesionales de la educación sólo Bs. 439.009. Los Maestros Normalistas o Bachilleres Docentes, en la última categoría docente (VI), con 21 o más años de servicio, su sueldo debe ser de Bs. 400.000; el sueldo base de un T.S.U. Docente I (ingreso) debe ser de Bs. 450.000. Es falso que, “ la nivelación ya fue alcanzada con el aumento salarial del 2000, del (56%)”. NO SE HA NIVELADO EL SALARIO, y el incremento diferencial, del 4, 5 y 6% propuesto es muy bajo, una injusticia. El 14-12-1999, el Ex – Consultor jurídico del Ministerio de Educación, Dr. Omar Mora Díaz, actual Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, propuso un 10% como mínimo, ratificada por el Ministro el 20-01-2000. Nuestra proposición del 28-11-2000 fue del 40%.
Bono Vacacional: Proponemos que los 40 días de salario deberían ser el monto mínimo, para quienes tienen hasta 10 años de servicio, del año 11, debe incrementarse en 1% más por año, hasta alcanzar un máximo de 68 días de salario. La tercera Convención Colectiva de Trabajo vigente y la Ley Orgánica del Trabajo establecen, “días de salario”, Bonificación de Fin de Año: Se aceptó los 90 días de salario en la reunión del 11-05-2001, Bono Recreacional: No hubo oferta alguna.
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6. Cláusulas y acuerdos sin respuesta alguna:
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6.1. Pago Unico por Discusión Convencional: |
Le adeudan a los educadores que laboran en las Escuelas Bolivarianas un 60%, (Bs. 480.000,00). |
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6.2. Carga Horaria Docente Areas Técnicas. |
Cumplir con el acuerdo contractual del año 2000. |
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6.3. Comisión de Estabilidad: |
Nombrar de inmediato. |
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6.4. Textos Escolares: |
Nombrarse la comisión. |
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6.5. Alumnos por Aula: |
Respetar acuerdo. |
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6.6. Dotación de Planteles: |
Garantizar el oportuno suministro. |
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6.7. Clasificación de los Profesionales de la Docencia: |
Debe ser automática y si se demora, deben pagarse con efecto retroactivo y con interes de mora. |
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6.8. Mejoramiento y Formación: |
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6.9. Reconocimiento por Eficiencia y Responsabilidad a los Docentes de Aula: |
Adeudan a los mejores docentes de cada plantel uno (1), dos (2) o tres (3) meses de salario cada año. |
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6.10. Créditos Personales, Especiales e Hipotecarios: |
Exigimos que se cumpla con los lapsos máximos de una semana y de un mes respectivamente. |
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6.11. Servicios Médicos Odontológicos y Asistencia: |
Mejorarse y que el M.E.C.D. pague desde el 01-01-2000 el 3% de los salarios para cubrir los gastos. |
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6.12. Actividades Recreativas y Vacacionales: |
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6.13. Directores de las Unidades Regionales del IPAS-ME. |
Debe democratizarse su selección. |
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6.14. Comisión Nacional para el Desarrollo de la Educación Técnica. |
Exigimos su inmediata instalación |
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7. Reconocimiento por titulo de Post-Grado: |
Se han incorporado 3.250 profesionales de la docencia con categoría I, II, III y IV. |
No se ha pagado a la mayoría de los docentes. Exigimos el listado de lo pagado y de lo que está pendiente, con efecto retroactivo desde el momento de su reclamo.
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8. Prima Geográfica: |
Se paga con sujeción a la cláusula 15 a 46.890 docentes. |
Exigimos el pago en los planteles de zonas marginal y de difícil acceso, y el pago complementario del 20% adicional a quienes tienen 10 ó más años de servicio, en zonas rural, fronteriza e indígena. |
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9. Concursos: Acuerdo en la reunión del Viernes 11-05-2001. |
La convocatoria a los concursos de ingreso y ascenso serán publicados, previo acuerdo con la representación sindical de las evaluaciones de los Movimientos Pre-concursos que realizarán los Consejos Asesores Gremiales del 14-05 al 16-05-2001. Las Juntas Calificadoras serán instaladas formalmente a más tardar el 20-04-2001. Se difieren para el próximo concurso, los cargos vacantes en las Escuelas Bolivarianas y Educación Técnica. |
Los Movimientos Pre-Concursos: Promoción, traslados, reubicación, concentración, no han sido decididos de mutuo acuerdo entre el M.E.C.D. y los sindicatos. Convocatoriaa concursos para los cargos vacantes no se ha realizado. Las Juntas Calificadoras Nacional y Zonales han sido obstaculizadas en su funcionamiento por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, tanto a nivel central como en las Zonas Educativas.
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10. Pago de 52 semanas: |
Se cuantificará la incidencia del bono bolivariano en el pago de la semana 49 y 50 de ajuste salarial realizado a los docentes que laboran en las Escuelas Bolivarianas. |
Exigimos el pago de la diferencia, ya que no se tomaron en cuenta los conceptos salariales de Bono Vacacional, Bonificación de Fin de Año y Aporte a los Ahorros en el IPAS-ME, Semanas de Ajuste Salarial, para la base de cálculo del día de salario; tampoco se tomó en cuenta el 60% de aumento salarial en las Escuelas Bolivarianas y se sigue con el engaño de que sólo es un Bono.
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11. Becas y Créditos Educativos: |
Seguirán siendo asignadas directamente a los beneficiarios. |
Exigimos su inmediata restitución, ya que es falso que se estén asignando.
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12. Antigüedad Docente IV y Reposición Carga Horaria:
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Se actualizó a partir de la quincena 23. |
Exigimos el pago retroactivo del 25.05 al 30-11-2000.
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13. Alumnos por Aula: |
Elaborar circular. |
Se cumple a medias.
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14. Pago de Salario en caso de suplencias.
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Elaborar circular.
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Debe pagarse con intereses de mora. |
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15. Compromisos para las Contrataciones Colectivas Estadales y Municipales. |
Se remitirá oficialmente un ejemplar de la III Convención Colectiva al Ministerio del Interior y Justicia. |
Todavía no han hecho trámite alguno y muchos educadores estadales, distritales y municipales, tienen salarios inferiores a quienes están al servicio del M.E.C.D. |
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16. a. Dirección, Conservación y Mantenimiento de los Locales Escolares:
b. Higiene y Salubridad: |
Se atienden estas necesidades a través de FEDE y FUNDAESCOLAR.
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Respuesta insatisfactoria e imprecisa. Hay miles de planteles en el más completo abandono. |
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17. Condiciones de Trabajo en las Escuelas Bolivarianas. |
Se propone que una vez cerrado este pliego de peticiones, una comisión mixta se dedicará a analizar todo lo concerniente al régimen laboral docente en las Escuelas Bolivarianas. |
RESPUESTA INSATISFACTORIA E INACEPTABLE; el Régimen Laboral Docente, es único y sin discriminación alguna. Los educadores que laboran en esas escuelas tienen los mismos derechos contractuales, legales y sindicales.
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18. Descuento Sindical: |
Se ratifica la disposición presentada en las actas de fecha 16, 21 y 28 de noviembre de 2000. Sólo se le descontará la cuota sindical ordinaria a los trabajadores que lo autoricen expresamente por escrito.
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Se han entregado al Ministerio de educación, y se niegan a descontar, violando el artículo 446 de la Ley Orgánica del Trabajo, y el Contrato Colectivo. |
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19. Base de Cálculo para el pago de los beneficios contractuales: |
La base de cálculo la constituye el salario normal que incluye: sueldo base, compensación de jerarquía, prima de antigüedad docente no graduado, prima geográfica, Antigüedad Docente IV, antigüedad Docente VI y Bono Nocturno. Se resume en el monto que aparece en el talón de pago, lo cual representa el salario normal mensual. |
El patrono, excluye ilegalmente: Bono Vacacional, Bonificación de Fin de Año; Semanas de Ajuste Salarial, Pago de 52 semanas, Compensación por Reconocimiento de Título de Post-grado, Aportes para Ahorross, Prima de Antigüedad, Prima en Educación Especial y para los Trabajadores de la Educación; y clasificación Especialista – Magister – (definición de salario de la Tercera Convención Colectiva de Trabajo).
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20. Educación Especial: |
Se pagará con efecto retroactivo al 25-05-2000 en la quincena once del (10-06-2001). |
Pago de 40 hrs. A Directores y Sub-Directores de Educación Especial y Auxiliares de Educación Especial: Se considera para el inicio del nuevo año escolar. |
COMISIÓN TÉCNICA PARA LA NIVELACIÓN SALARIAL:
Se reunió el Miércoles 09-05-2001 en el Ministerio de Planificación y Presupuesto bajo la Coordinación del Inspector Nacional del Trabajo. La Representación Sindical demostró que la tal nivelación alegada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes no se ha producido en el aumento del 56% del año 2000, por que de haber sido eso cierto, no se hubiera incorporado en la cláusula N° 6: “...revisar a más tardar en el mes de Octubre del presente año 2000, la nivelación salarial de los Trabajadores de la Educación con el resto de los profesionales del sector público...”; además, otros profesionales tienen sueldos y salarios superiores al educador, lo que evidencia que aún no se ha logrado todavía la nivelación.
SE CONSULTÓ A LOS EDUCADORES SOBRE LAS PROPUESTAS DEL PATRONO Y FUERON RECHAZADAS
PADRES Y REPRESENTANTES: EL AÑO ESCOLAR NO SE PERDERÁ,
Docentes estadales y municipales trabajan en condiciones precarias
Las condiciones de trabajo, de mejoramiento profesional y el nivel de vida de los educadores que laboran al servicio del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes son muy precarias, pero en los Ejecutivos Regionales y Alcaldías, están muy por debajo de las deterioradas condiciones de los educadores a nivel nacional.
Los Gobernadores y Alcaldes se quejan del Ejecutivo Nacional, al cual lo hacen responsables de incumplir con los compromisos económicos, para satisfacer los acuerdos contractuales; pero son los maestros, en definitiva, quienes sufren las consecuencias.
En la mayoría de las Gobernaciones no se realizan concursos para ingresar o ascender en la carrera docente. Gobernadores y Alcaldes imitan al Ministro Navarro en violar, incumplir o retardar el cumplimiento de las cláusulas contractuales.
La Seguridad Social, en especial lo relativo a la vivienda, la asistencia médico–odontológica y de bioanálisis son aspectos que en la mayoría de Alcaldías y Gobernaciones brillan por su ausencia, y los pagos de prestaciones sociales, de los intereses y los depósitos en fideicomiso tampoco se garantizan, lo que se traduce en un estado de indefensión y de inseguridad.
Es necesario cerrar filas, todos los docentes, sin excepción para que los derechos establecidos en la Constitución, Leyes y Reglamentos se respeten y que las conquistas contractuales sean una realidad. Para muestra un botón: a esta fecha, Junio 2001, son numerosas las Gobernaciones y Alcaldías que no han pagado el 20% de aumento salarial del Decreto Presidencial del año pasado, y aún no tienen los recursos para esta deuda, ni mucho menos, lo relativo al aumento del 10%, del año 2001.